El artículo evalúa el alcance de la comunicación en lengua de señas como un medio comunicativo legítimo, válido y formal, que debe ser reconocido a favor de la comunidad sorda en Perú. Se analiza la complementariedad de derechos constitucionales aplicables en el ámbito judicial, procesal y comunicativo, destacando la necesidad de un enfoque especial y humano. El artículo señala que la falta de intérpretes oficiales en las Cortes Superiores de Justicia limita el acceso equitativo de la comunidad sorda al proceso judicial. Propone que la participación de intérpretes en estos casos debe ser considerada equivalente a los derechos dispuestos en la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Este análisis subraya la importancia de reconocer la lengua de señas como un medio de comunicación formal en el sistema judicial peruano. Al hacerlo, se promueve la inclusión y se asegura que las personas sordas puedan participar plenamente en los procesos judiciales. La implementación de intérpretes oficiales es esencial para garantizar que la comunidad sorda no enfrente barreras comunicativas en el acceso a la justicia, alineándose con los principios de igualdad y no discriminación establecidos en la legislación nacional e internacional.